El Artículo 8 del Código Municipal establece que:
El Concejo Municipal es el órgano colegiado superior de deliberación y de decisión de los asuntos municipales cuyos miembros son solidaria y mancomunadamente responsables por la toma de decisiones y tiene su sede en la cabecera de la circunscripción municipal. Se integra por el alcalde, los síndicos y los concejales, todos electos directa y popularmente en cada municipio de conformidad con la ley de la materia.
El Alcalde es el encargado de ejecutar y dar seguimiento a las políticas, planes, programas y proyectos autorizados por el Concejo Municipal. En tal sentido, nos complace informarles que el Honorable Concejo Municipal presidido por el señor Alcalde Municipal, ya ha iniciado con sus sesiones ordinarias; mismas que buscan tomar decisiones que propicien el bien común.

 

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